
El perito judicial es la persona que tiene unos conocimientos, formación
y experiencia en una materia específica y que realiza un informe o
testimonio basado en estos conocimientos, para casos que se
encuentran en litigio en los procedimientos judiciales.
Es un tipo de personal que, sin
pertenecer al cuerpo de la Administración de Justicia (no son
funcionarios de carrera), ejerce funciones de auxilio judicial como
las que desarrollan el cuerpo de médicos forenses, los técnicos de
laboratorio o la policía judicial.
La figura del perito judicial está explicada en la
Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).
El primer deber esencial para el perito, consiste en
la elaboración y emisión del informe, dentro del plazo establecido y
con características adecuadas. El perito deberá tener en cuenta que
el incumplimiento del mismo puede dar lugar a responsabilidades de
diferente tipo, incluso las penales.
El segundo deber más importante para un perito es el
de comparecer en la vista/juicio para ratificar su informe.
La ley de Enjuiciamiento civil en el art. 299
establece cuales son las pruebas de las que pueden hacerse valer
cada parte en el proceso judicial y en el punto 4ª del párrafo 1º
del citado artículo dice que una de las pruebas es el “Dictamen de
Peritos”.
La prueba pericial ha adquirido una importancia
esencial en el sistema de impartición de justicia al servir como
mecanismo para introducir en el proceso hechos complejos de
naturaleza técnica que no pueden ser interpretados directamente por
el Juez. Se trata un medio de prueba singular.
Es el medio de prueba consistente en la manifestación
del conocimiento que tiene un tercero, llamado perito, acerca de un
dato procesal sobre el que el tribunal le encarga dictaminar. De ahí
el nombre de pericia con que es también conocida esta prueba. Es un
medio de prueba personal que se singulariza por dos factores: la
declaración del perito versa sobre datos que tienen ya categoría de
procesales, y el declarante es persona especializada en la materia
sobre la que debe dictaminar. Cuando se aporta la prueba consistente
en pericias extrajudiciales, como el dictamen de un médico emitido
antes de iniciarse el juicio, no encaja dentro de la prueba
pericial; para hacer valer dicho dictamen como prueba, se canalizará
por la vía probatoria testifical o documental.
Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 610 a 632.
Código civil, artículos 1.242 y 1.243.
Es un
medio de prueba fundado en la técnica y la ciencia, que se concreta
a través de la actuación de peritos.

Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC)
Los medios adecuados de solución de controversias o MASC
representan cualquier tipo de actividad negociadora a la que las
partes en conflicto acuden de buena fe con el objeto de
encontrar una solución extrajudicial al mismo, ya sea por sí
mismas o con la intervención de una tercera persona imparcial y
neutral.
Los Medios Adecuados de Solución de
Controversias (MASC) son mecanismos
destinados a resolver conflictos sin
necesidad de buscar la solución en un
tribunal. Estos procedimientos permiten
que las partes implicadas, actuando de
buena fe, busquen juntas una solución
que satisfaga sus intereses. Los MASC se
pueden llevar a cabo directamente entre
las partes o con la ayuda de un tercero
neutral e imparcial que facilite el
entendimiento y el diálogo.
Por
ejemplo, si surge un desacuerdo entre un
propietario y un inquilino sobre los
términos de un contrato, ambos pueden
recurrir a un mediador que les ayude a
encontrar un acuerdo sin necesidad de
iniciar un juicio. Los MASC ofrecen una
alternativa más rápida, sencilla y menos
costosa para resolver disputas.
Qué ventajas tienen los MASC respecto a
los Tribunales
La jurisdicción (la solución que aportan
los Juzgados y Tribunales) es el medio
más adecuado para resolver algunos
conflictos, pero no todos. En muchas
ocasiones la vía más adecuada es la
consensuada o negocial, ya sea con o sin
intervención de una persona facilitadora
de la resolución de la controversia.
Los medios adecuados de solución de
controversias tienen las siguientes ventajas:
-
Son más ágiles y flexibles que los
procedimientos judiciales. Los
conflictos son dinámicos y requieren
soluciones dinámicas que los tiempos
y la forma de los procesos no pueden
garantizar.
-
Conllevan menor
coste económico y temporal.
-
Son voluntarios.
Sólo se inician si las partes
quieren y pueden abandonarse en
cualquier momento.
-
Las partes mantienen en todo
momento el
control del proceso y del resultado (salvo
en el arbitraje).
-
Habitualmente tienen un coste
personal menor que el
derivado del litigio.
-
Se basan en la colaboración en
lugar de basarse en el
enfrentamiento. Favorecen la
cohesión social y preservan las
relaciones de futuro.
-
Permite una mayor
satisfacción de las partes
con la respuesta obtenida.
-
El acuerdo alcanzado siempre ha de
ser de cumplimiento posible para el
obligado, de modo que las
soluciones son más eficaces.
1. Identificación del método
adecuado para resolver el conflicto
2. Selección de la modalidad de
negociación
4. Envío de invitación para negociar
a la otra parte
5. Desarrollo de las sesiones
7. Acredita el intento y terminación
del proceso sin acuerdo
CONSEJOS PRÁCTICOS
- Llega
preparado: analiza el conflicto previamente
y define tus prioridade.
- Sé
flexible: muchas veces, una solución
satisfactoria implica concesiones mutuas.
- Mantén
la comunicación abierta y respetuosa: esto
favorece un ambiente colaborativo.
- No dudes
en buscar asesoramiento legal si necesitas
aclarar algún aspecto técnico o jurídico.
Recuerda
El objetivo del MASC es alcanzar una solución
eficiente, confidencial y satisfactoria para
todas las partes, evitando largos y costosos
procedimientos judiciales y si no se alcanza una
solución, con el intento del MASC podrás
interponer la correspondiente demanda judicial.
Además, ten en cuenta que, si la cuantía de tu
controversia es inferior a 600 euros, es
altamente recomendable llevar a cabo tu proceso
de MASC a través de un medio telemático.
En el marco de la Ley
Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de
medidas en materia de eficiencia del
Servicio Público de Justicia, los Medios
Adecuados de Solución de Controversias (MASC) adquieren
un papel en la evolución de la
administración de la justicia.
Con su entrada en vigor, se reforzará del
uso de estos medios, exigiendo su aplicación
previa en determinados procedimientos
civiles y mercantiles, con el objetivo fin
de fomentar
la resolución extrajudicial de conflictos y
garantizar un acceso a la justicia más
eficiente para todos los ciudadanos.
Ante este nuevo escenario, el Ministerio
de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, enfocado en la transformación
digital de la administración de justicia,
ha impulsado una serie de servicios
digitales que facilitan y agilizan
el acceso a estos medios adecuados, con el
objetivo de optimizar e incentivar su uso.
En la mayoría de los casos, si pretendes
interponer una demanda civil y/o mercantil
ante los Tribunales de Justicia, es
obligatorio previamente acudir a un Medio
Adecuado de Solución de Controversias (MASC)
para intentar resolver el desacuerdo y
alcanzar un acuerdo, incluso son aplicables
si una de las partes reside en el
extranjero, siempre que la otra parte resida
en España.
PUNTOS CLAVE
- Los MASC
se aplican en asuntos civiles y mercantiles,
incluidos los conflictos transfronterizos, y
constituyen un requisito previo obligatorio
antes de recurrir a la vía judicial.
- Se
requiere que una de las partes resida en
España, y que la actividad tenga lugar en
territorio español.
EXCEPCIONES
1. Casos en los que no se exige una actividad
negociadora para iniciar determinados
procedimientos judiciales:
-
Protección de derechos fundamentales: Demandas
que buscan proteger derechos fundamentales
civiles.
-
Medidas urgentes de protección de menores: Por
ejemplo, situaciones de peligro o necesidad
urgente de proteger a un menor.
-
Apoyo judicial a personas con discapacidad: Cuando
se solicitan medidas judiciales de apoyo
necesarias para proteger los intereses de
una persona con discapacidad.
-
Filiación, paternidad y maternidad: Casos
relacionados con determinar quién es el
padre o la madre de una persona.
-
Despojo de bienes o perturbación del uso de
una cosa o derecho: Cuando alguien
ha sido privado de la posesión de un bien o
ha sufrido interferencias en su disfrute.
-
Demolición de estructuras en ruinas: Demandas
para el derribo urgente de edificios u
objetos que amenazan con causar daños.
-
Protección de menores en casos específicos: Como
el ingreso en centros de protección, entrada
en domicilios para medidas de protección, o
devolución de menores sustraídos
internacionalmente.
-
Juicio cambiario: Procedimientos
relacionados con títulos cambiarios como
pagarés o letras de cambio.
-
Demandas ejecutivas: Por ejemplo,
para exigir el cumplimiento de una sentencia
o un acuerdo previamente incumplido.
-
Medidas cautelares previas a la demanda: Solicitudes
urgentes para proteger derechos antes de
presentar una demanda principal.
-
Diligencias preliminares: Actos
previos necesarios para preparar una
demanda.
-
Expedientes de jurisdicción voluntaria,
excepto:
-
Desacuerdos entre cónyuges sobre la
administración de bienes gananciales.
-
Desacuerdos en el ejercicio de la patria
potestad.
-
Procedimiento monitorio europeo: Procedimiento
rápido para cobrar deudas transfronterizas
dentro de la Unión Europea.
-
Proceso europeo de escasa cuantía: Procedimiento
simplificado para reclamaciones económicas
pequeñas dentro de la UE.
Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC)
- Servicio Público de Justicia (administraciondejusticia.gob.es)
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